Departamento de Tránsito
ENCARGADO: MARGOT ANDREA ALVAREZ GARCIA
Correo Electrónico: transito@municipalidadalgarrobo.cl
Teléfono: (035) 2200100 - (035) 2200108
Revise a continuación la publicación del diario oficial de la república, que prorroga la vigencia de la licencia de conducir
Revise a continuación decreto alcaldicio que autoriza el cierre de calles para toma de exámenes prácticos de licencias de conducir clase C y C restringida.
El Departamento de Tránsito, tiene como Misión la Planificación, y Administración del sistema de transporte de la comuna de Algarrobo, así mismo aplicar y hacer cumplir toda la normativa vigente Ley 18.290, sus Modificaciones y Ordenanzas Comunales Vigentes relacionadas con la Materia.
Entre sus funciones se encuentran las siguientes:
Trámites que se pueden realizar:
Fechas de pagos de permisos de circulación:
El Permiso de circulación es un Impuesto anual que grava el tránsito de vehículos por calles, caminos o vías públicas en general, del cual un 37,5% es de beneficio exclusivo de la municipalidad de Algarrobo y el otro 62,5% se destina al Fondo Común Municipal, que se distribuye entre los municipios del país.
La ley faculta para efectuar el pago de la renovación del Permiso de Circulación en dos cuotas, siendo obligación del contribuyente pagar la segunda cuota en la misma Municipalidad en donde pagó la primera cuota. El monto de la segunda cuota, corresponde al valor cuota reajustado por el IPC.
Tipos de vehículos |
Total o 1a cuota |
2a Cuota |
Los automóviles particulares, station wagons, furgones, ambulancias, carrozas fúnebres, automóviles, camionetas, motocicletas | 01 de Febrero al 31 de Marzo | 01 al 31 de Agosto |
Los automóviles de alquiler, de servicio individual o colectivo, con o sin taxímetro, automóviles de alquiler de lujo, turismo o servicios especiales y vehículos de movilización colectiva de pasajeros | 01 al 31 de Mayo | 01 al 30 de Junio |
Carros de arrastre o remolques hasta 1.750 kg | 01 de Febrero al 31 de Marzo | 01 al 31 de Agosto |
Los camiones, tracto camiones y carros de remolques, todos con capacidad de carga superior a 1.750 kg, | 01 al 30 de Septiembre | 01 al 30 de Noviembre |
Tractores agrícolas o industriales, maquinas automotrices como sembradoras, cosechadoras, bulldozer, palas mecánicas o cargadoras, aplanadoras, grúas, moto niveladoras, retroexcavadoras, traillas y otras similares | 01 al 30 de Septiembre | 01 al 30 de Noviembre |
Si deseas utilizar tu vehículo dentro del territorio chileno, este debe contra con su revisión técnica. Si tienes un automóvil nuevo, estarás exento por dos o tres años, debido a un certificado de homologación que reemplaza a la revisión por este periodo.
¿Qué ocurre si no realizas la revisión técnica?
La revisión se debe hacer en una planta habilitada para tal efecto.
Plantas de revisión técnica autorizada en 5 región.